Regulación mínima que ha de contener la aprobación definitiva de una RPT.
Uno de los instrumentos «estrella» manejados en el ámbito de la función pública es la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) que cada Administración Pública debe manejar para la gestión de su personal, y que traerá causa -o al menos así debiera ser-, de la correcta valoración de cada uno de los puestos de trabajo existentes en la entidad. Su contenido se referirá a cuestiones tan básicas como las funciones propias del puesto, denominación, requisitos de acceso o retribuciones complementarias, cuestiones que es fácil entender no son inocuas para los funcionarios afectados, lo que implica a menudo una alta litigiosidad asociada a su aprobación. (más…)