
Emisión de informes: reserva funcionarial y competencia de los funcionarios públicos.
La figura del directivo tiene presencia en múltiples entidades locales de tamaño medio-grande, a lo que habilita la propia Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local -artículo 130-, así como los reglamentos orgánicos de gobierno y administración de esas administraciones. Sus funciones se centran en la coordinación, impulso, planificación…, operando de modo diferenciado a los órganos de gestión donde prestan sus servicios los funcionarios públicos, quienes cuentan con una regulación, competencias y obligaciones distintas. (más…)

