Impugnación «indirecta» de bases de convocatoria ¿acto firme?

Impugnación de bases de convocatoria con ocasión del posterior desarrollo del procedimiento selectivo.
Las bases de convocatoria se configuran como la «ley» del proceso selectivo y vinculan a todas las partes. Para el caso de que el aspirante muestre oposición procedería la interposición de recurso administrativo / judicial frente a dicho acto. Pero lo cierto es que, en no pocas ocasiones, participan sin objeción alguna, y es posteriormente, en el momento que se les irroga el perjuicio, cuando formalizan la alegación / reclamación / recurso que proceda, discutiendo el concreto apartado de la convocatoria que les perjudica. (más…)






