Razones que pueden justificar la denegación de la prolongación del servicio activo -jubilación- del funcionario.
El Real Decreto Legislativo 5/2015 (TREBEP) dispone que la jubilación podrá ser: a) voluntaria -a solicitud del interesado-, b) forzosa -cumplimiento edad legal- y c) por declaración de incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones propias del puesto. Dicho esto, y en relación al cumplimiento de la edad de sesenta y cinco años, la norma contempla la posibilidad de solicitar una prórroga conforme los condicionantes que establezcan las respectivas leyes de Función Pública autonómicas. Esta solicitud habrá de ser resuelta motivadamente. (más…)