Negociación en el ámbito de la función pública, aportación documental precisa y principio de buena fe.
La negociación colectiva se configura como uno de los derechos propios del personal funcionario en lo que se refiera a la fijación de sus condiciones de trabajo -artículo 31 el Real Decreto Legislativo 5/2015 (TREBEP)-. Con dicho objeto se regulan las Mesas de Negociación cuya actuación estará presidida por los principios de buena fe y transparencia, alcanzando dichos principios a todos los partícipes en la misma -inclusive Administración-, y caso de no cumplir con dichos postulados pudiera descarrilar lo finalmente aprobado. (más…)