Requisitos para el abono del complemento retributivo de turnicidad.
La ley 55/2003 de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de Salud -Estatuto Marco-, en su artículo 43 regula las retribuciones complementarias distinguiendo las fijas y variables, teniendo como finalidad retribuir la categoría, dedicación, actividad, productividad…, sin que la turnicidad aparezca reflejada en este artículo sino en el 46 del mismo texto legal que refiere una serie de consideraciones que han sido objeto de estudio en la STS de 21 de julio de 2020. (más…)