Imagen de René Schaubhut en Pixabay.
Consolidación de grado personal por parte de funcionario de carrera computando servicios previos como interino.
En el momento de peticionar el funcionario de carrera su reconocimiento de grado personal consolidado, la Administración aplica la normativa vigente para dicho colectivo. Esto implica que, como regla general, se omite, o no atienden, periodos previos prestados en régimen de interinidad, y esto puede implicar que el nivel alcanzado sea inferior al que en derecho correspondería si se tomasen en cuenta esos servicios previos como funcionario interino. (más…)