Inclusión de plaza en oferta de empleo con posterioridad a su aprobación.
En los procedimientos de estabilización que traen causa de la Ley 20/2021 se establecen una serie de requisitos y límites temporales que son de obligado cumplimiento para la inclusión de las plazas en las OEPs. En el supuesto que vamos a comentar, se da la circunstancia de que la plaza cuya oferta reclamaba la recurrente no cumplía con los requisitos en el momento de aprobación de la OEP aunque, con posterioridad, en base al dictado de varios fallos judiciales, esa «apariencia» de incumplimiento de requisitos cambia. (más…)