
Oferta de empleo -OEP- y vacantes a incluir.
El artículo 70.1. del TREBEP establece la obligación de incorporar a la OEP las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse, y esta inclusión implica la obligación de convocar dichas plazas mediante los procesos selectivos que procedan. La importancia de la OEP no por tanto una cuestión menor, porque la convocatoria «pende» de modo necesario de la OEP -y su contenido-, sin que pueda modificar el contenido de aquella.