El derecho de acceso como garantía frente a la discrecionalidad técnica
En el desarrollo de cualquier proceso selectivo la competitividad es la norma, cada décima cuenta e impacta en las posibilidades de ser seleccionado. Al final será la suma de esas calificaciones parciales la que conformará una baremación final y la superación -o no- de la oposición. El aspirante que se muestra disconforme con alguna de esas calificaciones precisará conocer no sólo sus propias puntuaciones, sino que, para ejercer un verdadero control sobre la discrecionalidad técnica del tribunal, necesita compararse con los demás. Pero, ¿es éste un derecho ilimitado? (más…)
Obligación legal de convocar y tramitar procesos selectivos ex. ley 20/2021.
La Ley 20/2021 de 28 de diciembre de 2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público nace con el fin de reducir la temporalidad en el empleo público, fijando plazos de obligado cumplimiento. Sin embargo, existen Administraciones que han optado por la inacción, al menos respecto a algunas plazas / procesos selectivos que habían sido previamente incluidas en las respectivas ofertas de empleo público de estabilización. Analizamos una reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº1 de Lugo que entra a conocer de esta cuestión. (más…)
Alegaciones de inadmisibilidad en procesos selectivos.
En la tramitación de un proceso selectivo se sucede la realización de ejercicios, publicaciones, recursos, listados, baremaciones… y la actuación del aspirante en vía administrativa vincula el posterior recurso contencioso. Las reglas de actuación vienen determinadas, en su mayor parte, en las bases de convocatoria, y un error en la fase de alegaciones / recurso puede hacer descarrilar meses de preparación de una oposición. (más…)
El expediente administrativo: su remisión, patologías y soluciones procesales.
El expediente administrativo no es solo un conjunto de documentos; es un pilar básico del proceso contencioso-administrativo. Sin embargo, lo que la Ley 29/1998 -LJ- diseña como un trámite ágil, de veinte días para su remisión, se puede convertir en una sucesión de incumplimientos: demoras en su envío, contenidos incompletos, índices inútiles… que perjudican el derecho de defensa del recurrente. En esta entrada analizamos algunas posibles vías de actuación en función del problema que abordemos. (más…)
El grado consolidado tras la toma de posesión: ¿Es necesario el destino definitivo?
En anteriores entradas hemos tratado sobre el cómputo de los servicios prestados como interino para el reconocimiento de grado personal. En este sentido, podemos citar las siguientes entradas Consolidación grado I, Consolidación grado II, o incluso supuestos en que se avala el derecho al reconocimiento de grado aunque el vínculo de interinidad haya finalizado Consolidación grado III . En esta nueva entrada trataremos un matiz novedoso, como es la aceptación «diferida» del derecho por parte de la Administración, al postergar el reconocimiento de dicho derecho a la adquisición de destino definitivo. (más…)
El artículo 90.6 Ley 29/1998 -LJ- dispone que, una vez se ha resuelto sobre la admisión del recurso de casación, para el caso de ser inadmitido, el letrado de la Administración de Justicia lo comunicará a la Sala de instancia con devolución de las actuaciones y expediente administrativo. La cuestión, sobre la que trataremos en esta entrada, es el plazo en el que debe llevarse a efecto dicha remisión, y si procede demorarla en algún caso -como interposición de recurso de amparo-. (más…)
Escuela oficial y alcance de dicho concepto a efectos de baremación de méritos.
El apartado de formación es uno de los méritos más importantes a ponderar en cualquier proceso selectivo. Su regulación, como el resto de méritos, se determina en las bases de convocatoria. Llegados a este punto es importante identificar las entidades que pueden impartir la formación a efectos de su baremación, y estas reglas serán las que determinarán la puntuación final de los aspirantes.(más…)
La valoración de cursos y criterios de aplicación.
Durante el desarrollo del proceso selectivo el partícipe compite con otros aspirantes y sus respectivas calificaciones. En fase de concurso tiene conocimiento directo de lo que él mismo ha aportado, y la puntuación obtenida, pudiendo presentar reclamación / recursos a la baremación provisional y ulterior calificación definitiva. En estos casos es frecuente que se «compare» con otros aspirantes y reclame un trato igualitario respecto de los méritos aportados. (más…)
Valoración experiencia y posible recurso «indirecto» frente a bases de convocatoria.
La ponderación de los méritos y su regulación en las bases de convocatoria es determinante para el resultado del proceso selectivo. Las bases establecen, desde un inicio, las reglas del juego dando a conocer las puntuaciones de cada uno de los factores, y su aplicación determinará las calificaciones finales y el orden de prelación de los aspirantes seleccionados. La cuestión es, si el candidato que se ve perjudicado -por entender que las bases de convocatoria son ilegales / arbitrarias- tiene opciones reales de obtener un fallo favorable o chocará contra el muro del acto firme y consentido. (más…)
Promoción interna y porcentaje reservado en procesos selectivos.
La promoción interna vertical está reconocida como un derecho individual de los empleados públicos, tal como dispone el artículo 14.c) del TREBEP. Ahora bien, dicho derecho ha de coexistir necesariamente con el derecho de ingreso a la Función Pública por parte de terceros en aplicación de los principios de igualdad, mérito y capacidad -contenidos en el artículo 23.2. CE-. Al aprobar la Oferta de Empleo Público que corresponda se asignarán determinados puestos a promoción interna y otros a acceso libre, pudiendo entonces surgir disputas respecto al porcentaje que se asigna a uno en detrimento del otro. (más…)
El derecho de acceso como garantía frente a la discrecionalidad técnica
En el desarrollo de cualquier proceso selectivo la competitividad es la norma, cada décima cuenta e impacta en las posibilidades de ser seleccionado. Al final será la suma de esas calificaciones parciales la que conformará una baremación final y la superación -o no- de la oposición. El aspirante que se muestra disconforme con alguna de esas calificaciones precisará conocer no sólo sus propias puntuaciones, sino que, para ejercer un verdadero control sobre la discrecionalidad técnica del tribunal, necesita compararse con los demás. Pero, ¿es éste un derecho ilimitado? (más…)
Obligación legal de convocar y tramitar procesos selectivos ex. ley 20/2021.
La Ley 20/2021 de 28 de diciembre de 2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público nace con el fin de reducir la temporalidad en el empleo público, fijando plazos de obligado cumplimiento. Sin embargo, existen Administraciones que han optado por la inacción, al menos respecto a algunas plazas / procesos selectivos que habían sido previamente incluidas en las respectivas ofertas de empleo público de estabilización. Analizamos una reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº1 de Lugo que entra a conocer de esta cuestión. (más…)
Alegaciones de inadmisibilidad en procesos selectivos.
En la tramitación de un proceso selectivo se sucede la realización de ejercicios, publicaciones, recursos, listados, baremaciones… y la actuación del aspirante en vía administrativa vincula el posterior recurso contencioso. Las reglas de actuación vienen determinadas, en su mayor parte, en las bases de convocatoria, y un error en la fase de alegaciones / recurso puede hacer descarrilar meses de preparación de una oposición. (más…)
El expediente administrativo: su remisión, patologías y soluciones procesales.
El expediente administrativo no es solo un conjunto de documentos; es un pilar básico del proceso contencioso-administrativo. Sin embargo, lo que la Ley 29/1998 -LJ- diseña como un trámite ágil, de veinte días para su remisión, se puede convertir en una sucesión de incumplimientos: demoras en su envío, contenidos incompletos, índices inútiles… que perjudican el derecho de defensa del recurrente. En esta entrada analizamos algunas posibles vías de actuación en función del problema que abordemos. (más…)
El grado consolidado tras la toma de posesión: ¿Es necesario el destino definitivo?
En anteriores entradas hemos tratado sobre el cómputo de los servicios prestados como interino para el reconocimiento de grado personal. En este sentido, podemos citar las siguientes entradas Consolidación grado I, Consolidación grado II, o incluso supuestos en que se avala el derecho al reconocimiento de grado aunque el vínculo de interinidad haya finalizado Consolidación grado III . En esta nueva entrada trataremos un matiz novedoso, como es la aceptación «diferida» del derecho por parte de la Administración, al postergar el reconocimiento de dicho derecho a la adquisición de destino definitivo. (más…)
El artículo 90.6 Ley 29/1998 -LJ- dispone que, una vez se ha resuelto sobre la admisión del recurso de casación, para el caso de ser inadmitido, el letrado de la Administración de Justicia lo comunicará a la Sala de instancia con devolución de las actuaciones y expediente administrativo. La cuestión, sobre la que trataremos en esta entrada, es el plazo en el que debe llevarse a efecto dicha remisión, y si procede demorarla en algún caso -como interposición de recurso de amparo-. (más…)
Escuela oficial y alcance de dicho concepto a efectos de baremación de méritos.
El apartado de formación es uno de los méritos más importantes a ponderar en cualquier proceso selectivo. Su regulación, como el resto de méritos, se determina en las bases de convocatoria. Llegados a este punto es importante identificar las entidades que pueden impartir la formación a efectos de su baremación, y estas reglas serán las que determinarán la puntuación final de los aspirantes.(más…)
La valoración de cursos y criterios de aplicación.
Durante el desarrollo del proceso selectivo el partícipe compite con otros aspirantes y sus respectivas calificaciones. En fase de concurso tiene conocimiento directo de lo que él mismo ha aportado, y la puntuación obtenida, pudiendo presentar reclamación / recursos a la baremación provisional y ulterior calificación definitiva. En estos casos es frecuente que se «compare» con otros aspirantes y reclame un trato igualitario respecto de los méritos aportados. (más…)
Valoración experiencia y posible recurso «indirecto» frente a bases de convocatoria.
La ponderación de los méritos y su regulación en las bases de convocatoria es determinante para el resultado del proceso selectivo. Las bases establecen, desde un inicio, las reglas del juego dando a conocer las puntuaciones de cada uno de los factores, y su aplicación determinará las calificaciones finales y el orden de prelación de los aspirantes seleccionados. La cuestión es, si el candidato que se ve perjudicado -por entender que las bases de convocatoria son ilegales / arbitrarias- tiene opciones reales de obtener un fallo favorable o chocará contra el muro del acto firme y consentido. (más…)
Promoción interna y porcentaje reservado en procesos selectivos.
La promoción interna vertical está reconocida como un derecho individual de los empleados públicos, tal como dispone el artículo 14.c) del TREBEP. Ahora bien, dicho derecho ha de coexistir necesariamente con el derecho de ingreso a la Función Pública por parte de terceros en aplicación de los principios de igualdad, mérito y capacidad -contenidos en el artículo 23.2. CE-. Al aprobar la Oferta de Empleo Público que corresponda se asignarán determinados puestos a promoción interna y otros a acceso libre, pudiendo entonces surgir disputas respecto al porcentaje que se asigna a uno en detrimento del otro. (más…)