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Función Pública

Impugnación «indirecta» de bases de convocatoria ¿acto firme?

Bases de convocatoria
Fotografia de MabelAmber (Pixabay)

 

Impugnación de bases de convocatoria con ocasión del posterior desarrollo del procedimiento selectivo.

Las bases de convocatoria se configuran como la «ley» del proceso selectivo y vinculan a todas las partes. Para el caso de que el aspirante muestre oposición procedería la interposición de recurso administrativo / judicial frente a dicho acto. Pero lo cierto es que, en no pocas ocasiones, participan sin objeción alguna, y es posteriormente, en el momento que se les irroga el perjuicio, cuando formalizan la alegación / reclamación / recurso que proceda, discutiendo el concreto apartado de la convocatoria que les perjudica. (más…)

Seguridad jurídica frente al principio de efectividad en aplicación de normativa comunitaria -y otros-.

Seguridad jurídica
Fotografia jplenio (Pixabay)

Seguridad jurídica (acto firme) frente a normativa comunitaria.

La seguridad jurídica se configura como un principio básico de nuestro ordenamiento jurídico, siendo reflejo del mismo la doctrina de los actos propios, en el sentido de que un acto administrativo firme vincula a las partes -a salvo remedios excepcionales como la revisión de oficio-. La regla general para la impugnación de una resolución administrativa será computar un mes desde su notificación para la presentación de recurso administrativo o, en su caso, dos meses si se ha agotado la vía administrativa previa y vamos a interponer recurso contencioso administrativo. Transcurrido ese lapso temporal nos encontraremos con un acto firme, aunque pueden existir supuestos en que todavía se puede enderezar el rumbo. (más…)

Recurso de apelación en la jurisdicción contencioso administrativa y vías de acceso.

Apelación
Imagen de Niek Verlaan en Pixabay

Posibles vías para acceder a la segunda instancia en la jurisdicción contencioso administrativa.

El acceso a la segunda instancia en sede contencioso administrativo no está garantizada y opera un límite cuantitativo -para nada menor- que se fija en los 30.000 euros, con lo que, salvo las excepciones del artículo 81.2. Ley 29/1998 -LJ-, si tratamos de una cuestión económica de importe inferior al antes señalado, muchos casos «morirán» en la primera instancia. Ahora bien, pueden existir algunas posibilidades para sortear esta barrera si se adicionan pretensiones de cuantía indeterminada.

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Silencio administrativo e implicaciones en la interposición del recurso contencioso administrativo.

Silencio
Imagen de Alexas_Fotos en Pixabay

Sobre el silencio administrativo y consecuencias de cara a la ulterior interposición de recurso contencioso administrativo.

Como regla general, antes de la interposición del recurso contencioso administrativo se habrá agotado la vía administrativa previa. Lo habitual -o al menos lo deseable- es que contemos con una resolución expresa en la que se justifique el actuar administrativo, y con ello podamos contar con los elementos de juicio suficientes para valorar la interposición del recurso judicial. En otras ocasiones, en cambio, nos encontraremos ante un silencio, bien frente a una petición/solicitud/reclamación inicial, o respecto al recurso administrativo interpuesto. El objeto de esta entrada no versa sobre temas formales / procedimentales como el agotamiento de la vía administrativa, el sentido del silencio administrativo… sino frente a la situación a las que nos aboca recurrir un silencio. (más…)

Estabilización ley 20/2021, OEP, e inclusión de plaza a posteriori.

Estabilización
Imagen de Annette en Pixabay

Inclusión de plaza en oferta de empleo con posterioridad a su aprobación.

En los procedimientos de estabilización que traen causa de la Ley 20/2021 se establecen una serie de requisitos y límites temporales que son de obligado cumplimiento para la inclusión de las plazas en las OEPs. En el supuesto que vamos a comentar, se da la circunstancia de que la plaza cuya oferta reclamaba la recurrente no cumplía con los requisitos en el momento de aprobación de la OEP aunque, con posterioridad, en base al dictado de varios fallos judiciales, esa «apariencia» de incumplimiento de requisitos cambia. (más…)

Pretensiones en impugnación de procesos selectivos.

Pretensiones
Image by djedj from Pixabay

 

Demanda, pretensiones ejercitadas y efecto útil de sentencia favorable en proceso selectivo.

Al interponer una reclamación o recurso administrativo en el seno de un proceso selectivo, el aspirante se centra en el concreto perjuicio que se le ha causado. Es decir, si en el concurso de méritos no se le ha valorado un curso, titulación o nivel consolidado, reclamará el aumento de puntuación por esa incorrecta puntuación, o en su caso la superación del ejercicio en que no ha sido declarado apto…  Ahora bien, si la reclamación/recurso administrativo es desestimado y acude a la sede judicial será relevante valorar el factor temporal y sus consecuencias para el recurrente. (más…)

Consolidación grado personal funcionario de carrera computando servicios previos como interino.

grado personal

Imagen de René Schaubhut en Pixabay.

Consolidación de grado personal por parte de funcionario de carrera computando servicios previos como interino.

En el momento de peticionar el funcionario de carrera su reconocimiento de grado personal consolidado, la Administración aplica la normativa vigente para dicho colectivo. Esto implica que, como regla general, se omite, o no atienden, periodos previos prestados en régimen de interinidad, y esto puede implicar que el nivel alcanzado sea inferior al que en derecho correspondería si se tomasen en cuenta esos servicios previos como funcionario interino. (más…)

Movilidad entre universidades (PAS)

Movilidad
Foto de Pixabay

Movilidad de personal de administración y servicios (PAS).

El concurso es el sistema ordinario para la provisión de puestos en las Administraciones Públicas. En relación a las Universidades, procede aplicar la L.O. 2/2023 del sistema universitario -antes L.O. 6/2001 de universidades-. Ahora bien, en el momento de aprobar las bases de convocatoria es / era habitual que restringieran la participación al personal propio de la Universidad convocante, imposibilitando de este modo la adjudicación de puestos a los PAS de otras universidades. (más…)

Servicios especiales y valoración de méritos.

Servicios especiales
Foto de ignatsevichserg (Pixabay)

 

Situación de servicios especiales y valoración experiencia concurso.

La situación de servicios especiales se encuentra regulada en el Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Pública (TREBEP). En su artículo 85 se desarrollan las distintas situaciones administrativas de los funcionarios de carrera: situación de servicio activo, servicios especiales, servicios en otras administraciones, excedencia y suspensión de funciones. La que nos interesa, a los efectos de la presente entrada, es la de servicios especiales, y su alcance a la hora de baremar dichos periodos en el apartado de experiencia de un proceso selectivo. (más…)

Consultora y elaboración de Relación de Puestos de Trabajo -RPT-

Consultora
Foto de Vincent M.A. Janssen de Pexels

Colaboración de consultora privada en la elaboración de una RPT municipal.

Las Administraciones Públicas -también las entidades locales-, deberán contar con una relación de puestos de trabajo -RPT-, u otros instrumentos organizativos similares en la que determinará los puestos de trabajo existentes, grupos de clasificación, cuerpos y escalas, forma de provisión, retribuciones complementarias… Ahora bien, la tramitación de una RPT es compleja, por lo que muchos ayuntamientos buscan el asesoramiento de consultoras especializadas para su elaboración. (más…)

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