Límites a la promoción interna en caso de colisión con el sistema de acceso libre y posible vulneración de los principios de igualdad, mérito y capacidad.
La promoción interna se configura como un derecho individual de los funcionarios públicos recogido expresamente en el artículo 14.c del Real Decreto Legislativo 5/2015 (TREBEP). Ahora bien, dicho derecho no es absoluto -como ningún otro- y hay que ponerlo en relación con otros principios como el de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública (art. 23.2. CE), siendo relativamente común que surjan disputas en el reparto de las plazas ofertadas en las respectivas OPEs, especialmente cuando en el momento de la negociación los actores que representan a los funcionarios vienen a defender con mucha mayor intensidad sus intereses. (más…)